ZONA 9-U1: Urbano Norte
Artículo 281º — De la delimitación
Ambos frentes de las calles Nº26, 27, 28, 29, 30, 32, 49 y 50, entre Av. San Martín y calle Nº40.-
Ambos frentes de las calles Nº31, 33, 35, 36, 37, 38 y 39 entre calle José A. Nanini (Nº43)y calle Nº40.-
Ambos frentes de las calle José A. Nanini (Nº43), entre calle J. Migotti (Nº26) y la calle Maestra Rossi (Nº33).-
Ambos frentes de las calle Osvaldo L. Conterno (Nº42) y la calle Nº41, entre calle J. Migotti (Nº26) y la calle España (Nº50).-
Frente Sur de la calle Nº40, entre calle J. Migotti (Nº26) y la calle España (Nº50).-
Ambos frentes de las calle Nº40 Bis y Nº41 bis, entre calle D. Facchín (Nº28) y la calle S. Nóbile (Nº30).-
Artículo 282º — De los usos del suelo
Según se especifícan en el Título II, Capítulo II, Sección 3, de esta Ordenanza.-
282.a- Usos Dominantes:
282.a.1- Uso Habitacional:
282.a.1.1- Residencial Viviendas: Unifamiliar, Multifamiliar.-
282.b- Usos Complementarios:
282.b.1- Uso Habitacional:
282.b.1.1- Vivienda Comunitaria.-
282.b.2- Uso Comercial:
282.b.2.1- Comercios Minoristas de Comestibles y artículos asociados, de micro y pequeña escala.-
282.b.2.2- Comercios Minoristas en general, con características de uso diario, periódico y ocasional, de micro y pequeña escala.-
282.b.3- Uso Servicios:
282.b.3.1- Servicios Básicos y Generales: complementarios al uso residencial, de pequeña y mediana escala.-
282.b.3.2- Servicios Centrales de pequeña escala.-
282.b.3.3- Servicios de Seguridad de pequeña escala.-
282.b.3.4- Servicios del Automotor:
282.b.3.4.1- Talleres Mecánicos de pequeña escala.-
282.b.3.5- Transporte y Comunicación:
282.b.3.5.1- Agencias de remises y taxis.-
282.b.4- Uso Equipamiento:
282.b.4.1- Educativo en todos los niveles.-
282.b.4.2- Sanitario: de pequeña escala.-
282.b.4.3- Social y Deportivo:
282.b.4.3.1- Social y Deportivo de pequeña y mediana escala.-
282.b.4.4- Cultural:
282.b.4.4.1- Cultural: de pequeña escala.-
282.b.4.5- Religioso, de pequeña y mediana escala.-
282.b.5- Uso Productivo:
282.b.5.1- Uso Industrial:
282.b.5.1.1- Actividades Industriales Inocuas.-
282.b.6- Uso Mixto:
282.b.6.1- Comercial (micro escala) – Residencial.-
282.c- Usos No Permitidos:
282.c.1- Uso Habitacional:
282.c.1.1- Vivienda Temporaria.-
282.c.1.2- Vivienda Transitoria:
282.c.1.2.1- Hotel.-
282.c.1.2.2- Motel.-
282.c.1.2.3- Hotel por Hora.-
282.c.1.2.4- Casas Rurales.-
282.c.1.2.5- Albergues Rurales.-
282.c.2- Uso Comercial:
282.c.2.1- Comercios Minoristas de Comestibles y artículos asociados, de mediana escala.-
282.c.2.2- Comercios Minoristas en general, con características de uso diario, periódico y ocasional, de mediana escala.-
282.c.2.3- Mayorista en general.-
282.c.2.4- Minorista y Mayorista incómodo y/o peligroso en todas sus escalas.-
282.c.3- Uso Servicios:
282.c.3.1- Servicios Básicos y Generales: complementarios al uso residencial, de gran escala.-
282.c.3.2- Servicios Centrales de mediana y gran escala.-
282.c.3.3- Servicios Recreativos:
282.c.3.3.1- Servicios Recreativos Generales: en todas las escalas.-
282.c.3.3.2- Servicios Recreativos con actividades incómodas.-
282.c.3.4- Servicios Fúnebres.-
282.c.3.5- Servicios de Seguridad de mediana y gran escala.-
282.c.3.6- Servicios del Automotor:
282.c.3.6.1- Talleres Mecánicos de mediana y gran escala.-
282.c.3.6.2- Lavaderos de Automóviles en todas las escalas.-
282.c.3.6.3- Playas de Estacionamiento de Uso Público y Cocheras.-
282.c.3.6.4- Estaciones de Servicio.-
282.c.3.7- Transporte y Comunicación:
282.c.3.7.1- Servicios Transporte en todas las escalas.-
282.c.3.7.2- Servicios Transporte con actividades incómodas.-
282.c.3.8- Depósitos:
282.c.3.8.1- Depósitos 1,2,3.-
282.c.3.9- Servicios Industriales.-
282.c.3.10- Infraestructura Urbana.-
282.c.4- Uso Equipamiento:
282.c.4.1- Sanitario: de mediana y gran escala.-
282.c.4.2- Social y Deportivo:
282.c.4.2.1- Social y Deportivo de gran escala.-
282.c.4.2.2- Social y Deportivo, con Actividades Incómodas y/o Peligrosas.-
282.c.4.3- Cultural:
282.c.4.3.1- Cultural: de mediana y gran escala.-
282.c.4.3.2- Cultural con Actividades Incómodas.-
282.c.4.4- Religioso, de gran escala.-
282.c.5- Uso Productivo:
282.c.5.1- Uso Industrial:
282.c.5.1.1- Actividades Industriales Tolerables.-
282.c.5.1.2- Actividades Industriales Molestas.-
282.c.5.1.3- Actividades Industriales Asimilables al uso Industrial.-
282.c.5.2- Uso Artesanal en general.-
282.c.5.3- Uso Agropecuario.-
Artículo 283º — Del fraccionamiento del suelo
283.a- Manzanas:
283.a.1- FORMA: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.3 de la presente Ordenanza.-
283.a.2- DIMENSIONES MÍNIMAS: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.3 de la presente Ordenanza.-
283.a.3- SUPERFICIE MÍNIMA: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.3 de la presente Ordenanza.-
283.b- Parcelas:
283.b.1- FORMA: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.4 de la presente Ordenanza.-
283.b.2- Dimensiones Mínimas:
283.b.2.1- FRENTE: 15,00 m (quince metros).-
283.b.2.2- FONDO: 30,00 m (treinta metros).-
283.b.3- SUPERFICIE MÍNIMA: 450m2 (cuatrocientos cincuenta metros cuadrados).-
Artículo 284º — De la ocupación del suelo
284.a- Uso Habitacional:
284.a.1- En Lotes Entre Medianeras:
284.a.1.1- F.O.S.: 60%
284.a.1.2- F.O.T.: 1,00
284.a.1.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 5,00 m (cinco metros).-
284.a.1.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 5,00 m (cinco metros).-
284.a.1.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
284.a.1.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 5,00 m (cinco metros).-
284.a.1.7- Altura de la Edificación: 6,00 m (seis metros). Se permite llegar a una altura máxima de 8,00 m (ocho metros), a partir del trazado de un plano límite a 45º (cuarenta y cinco grados) que arranque desde el borde superior de la línea de fachada de frente.-
284.a.1.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
284.a.1.9- S.S.A.: 65% del resto de FOS.-
284.a.2- En Lotes En Esquina:
284.a.2.1- F.O.S.: 60%
284.a.2.2- F.O.T.: 1,00
284.a.2.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
284.a.2.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
284.a.2.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
284.a.2.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 3,00 m (tres metros).-
284.a.2.7- Altura de la Edificación: 6,00 m (seis metros). Se permite llegar a una altura máxima de 8,00 m (ocho metros), a partir del trazado de un plano límite a 45º (cuarenta y cinco grados) que arranque desde el borde superior de la línea de fachada de frente.-
284.a.2.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
284.a.2.9- S.S.A.: 65% del resto de FOS.-
284.b- Uso Comercial/Otros:
284.b.1- En Lotes Entre Medianeras:
284.b.1.1- F.O.S.: 60%
284.b.1.2- F.O.T.: 1,00
284.b.1.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
284.b.1.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta).-
284.b.1.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
284.b.1.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 5,00 m (cinco metros).-
284.b.1.7- Altura de la Edificación: 6,00 m (seis metros). Se permite llegar a una altura máxima de 8,00 m (ocho metros), a partir del trazado de un plano límite a 45º (cuarenta y cinco grados) que arranque desde el borde superior de la línea de fachada de frente.-
284.b.1.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
284.b.1.9- S.S.A.: 50% del resto de FOS.-
284.b.2- En Lotes En Esquina:
284.b.2.1- F.O.S.: 60%
284.b.2.2- F.O.T.: 1,00
284.b.2.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
284.b.2.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
284.b.2.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
284.b.2.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 3,00 m (tres metros).-
284.b.2.7- Altura de la Edificación: 6,00 m (seis metros). Se permite llegar a una altura máxima de 8,00 m (ocho metros), a partir del trazado de un plano límite a 45º (cuarenta y cinco grados) que arranque desde el borde superior de la línea de fachada de frente.-
284.b.2.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
284.b.2.9- S.S.A.: 50% del resto de FOS.-
Artículo 285º — Del ancho de calles
Según lo dispuesto el Título II, Capítulo II, Sección 4.2 de la estructura de la red vial de la presente Ordenanza. Se debe dar continuidad a la red vial existente.-