ZONA 14-U6: Urbano Corredor calle Nº40 y 48
Artículo 306º — De la delimitación
Frente Norte de la calle Nº40, entre calle Nº8 y calle Nº14.-
Frente Norte de la calle Nº40, en una franja de 50,00 m (cincuenta metros) hacia el norte, entre calles G. Cespedes (Nº21) y calle V. Braida (Nº23).-
Frente Sur de la calle Nº48, en una franja de 50,00 m (cincuenta metros) hacia el sur, entre calles N. Nanin (Nº6) y calle R. Coseani (Nº14).-
Frente Sur de la calle Nº48, en una franja de 50,00 m (cincuenta metros) hacia el sur, entre calles L. Canciani (Nº18) y calle P. Patat (Nº39).-
Artículo 307º — De los usos del suelo
Según se especifícan en el Título II, Capítulo II, Sección 3, de esta Ordenanza.-
307.a- Usos Dominantes:
307.a.1- Uso Habitacional:
307.a.1.1- Residencial Viviendas: Unifamiliar, Multifamiliar.-
307.b- Usos Complementarios:
307.b.1- Uso Habitacional:
307.b.1.1- Vivienda Comunitaria.-
307.b.1.2- Vivienda Temporaria.-
307.b.1.3- Vivienda Transitoria:
307.b.1.3.1- Hotel hasta 3 estrellas.-
307.b.1.3.2- Casas Rurales.-
307.b.1.3.3- Albergues Rurales.-
307.b.2- Uso Comercial:
307.b.2.1- Comercios Minoristas de Comestibles y artículos asociados, de micro y pequeña escala.-
307.b.2.2- Comercios Minoristas en general, con características de uso diario, periódico y ocasional, de micro y pequeña escala.-
307.b.3- Uso Servicios:
307.b.3.1- Servicios Básicos y Generales: complementarios al uso residencial, de pequeña y mediana escala.-
307.b.3.2- Servicios Centrales de pequeña escala.-
307.b.3.3- Servicios de Seguridad de pequeña escala.-
307.b.3.4- Servicios Recreativos:
307.b.3.4.1- Servicios Recreativos Generales: de pequeña y mediana escala.-
307.b.3.5- Servicios del Automotor:
307.b.3.5.1- Talleres Mecánicos de pequeña escala
307.b.3.5.2- Lavaderos de Automóviles de pequeña escala
307.b.3.6- Transporte y Comunicación:
307.b.3.6.1- Agencias de remises y taxis.-
307.b.3.7- Depósitos:
307.b.3.7.1- Depósitos 1.-
307.b.4- Uso Equipamiento:
307.b.4.1- Educativo en todos los niveles.-
307.b.4.2- Sanitario: en todos los niveles.-
307.b.4.3- Social y Deportivo:
307.b.4.3.1- Social y Deportivo en todas las escalas.-
307.b.4.4- Cultural en todas las escalas.-
307.b.4.5- Religioso, de pequeña y mediana escala.-
307.b.5- Uso Productivo:
307.b.5.1- Uso Industrial:
307.b.5.1.1- Actividades Industriales Inocuas.-
307.b.5.1.2- Actividades Industriales Tolerables.-
307.b.5.2- Uso Agropecuario.-
307.b.6- Uso Mixto:
307.b.6.1- Comercial (micro escala) – Residencial.-
307.c- Usos No Permitidos:
307.c.1- Uso Habitacional:
307.c.1.1- Vivienda Transitoria:
307.c.1.1.1- Motel.-
307.c.1.1.2- Hotel por Hora.-
307.c.1.1.3- Hotel de más de 3 estrellas.-
307.c.2- Uso Comercial:
307.c.2.1- Comercios Minoristas de Comestibles y artículos asociados, de mediana escala.-
307.c.2.2- Comercios Minoristas en general, con características de uso diario, periódico y ocasional, de mediana escala.-
307.c.2.3- Mayorista en general.-
307.c.2.4- Minorista y Mayorista incómodo y/o peligroso en todas sus escalas.-
307.c.3- Uso Servicios:
307.c.3.1- Servicios Básicos y Generales: complementarios al uso residencial, de gran escala.-
307.c.3.2- Servicios Centrales de mediana y gran escala.-
307.c.3.3- Servicios Recreativos:
307.c.3.3.1- Servicios Recreativos Generales: de gran escala.-
307.c.3.3.2- Servicios Recreativos con actividades incómodas.-
307.c.3.4- Servicios Fúnebres.-
307.c.3.5- Servicios de Seguridad de mediana y gran escala.-
307.c.3.6- Servicios del Automotor:
307.c.3.6.1- Talleres Mecánicos de mediana y gran escala.-
307.c.3.6.2- Lavaderos de Automóviles de mediana y gran escala.-
307.c.3.6.3- Playas de Estacionamiento de Uso Público y Cocheras.-
307.c.3.6.4- Estaciones de Servicio.-
307.c.3.7- Transporte y Comunicación:
307.c.3.7.1- Servicios Transporte en todas las escalas.-
307.c.3.7.2- Servicios Transporte con actividades incómodas.-
307.c.3.8- Depósitos:
307.c.3.8.1- Depósitos 2 y 3.-
307.c.3.9- Servicios Industriales.-
307.c.3.10- Infraestructura Urbana.-
307.c.4- Uso Equipamiento:
307.c.4.1- Social y Deportivo:
307.c.4.1.1- Social y Deportivo, con Actividades Incómodas y/o Peligrosas.-
307.c.4.2- Cultural:
307.c.4.2.1- Cultural con Actividades Incómodas.-
307.c.4.3- Religioso, de gran escala.-
307.c.5- Uso Productivo:
307.c.5.1- Uso Industrial:
307.c.5.1.1- Actividades Industriales Molestas.-
307.c.5.1.2- Actividades Industriales Asimilables al uso Industrial.-
307.c.5.2- Uso Artesanal en general.-
Artículo 308º — Del fraccionamiento del suelo
308.a- Manzanas:
308.a.1- FORMA: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.3 de la presente Ordenanza.-
308.a.2- DIMENSIONES MÍNIMAS: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.3 de la presente Ordenanza.-
308.a.3- SUPERFICIE MÍNIMA: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.3 de la presente Ordenanza.-
308.b- Parcelas:
308.b.1- FORMA: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.4 de la presente Ordenanza.-
308.b.2- Dimensiones Mínimas:
308.b.2.a- FRENTE: 20,00m (veinte metros).-
308.b.2.b- FONDO: 40,00m (cuarenta metros).-
308.b.3- SUPERFICIE MÍNIMA: 800m2 (ochocientos metros cuadrados).-
Artículo 309º — De la ocupación del suelo
309.a- Uso Habitacional:
309.a.1- En Lotes Entre Medianeras:
309.a.1.1- F.O.S.: 60%
309.a.1.2- F.O.T.: 0,80
309.a.1.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00m (tres metros): 6,00m (seis metros).-
309.a.1.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00m (tres metros): 6,00m (seis metros).-
309.a.1.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00m (tres metros): 0,00m (cero metros).-
309.a.1.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00m (tres metros): 5,00m (cinco metros).-
309.a.1.7- Altura de la Edificación: 6,00m (seis metros). Se permitirá llegar a una altura máxima de 8,00m (ocho metros), a partir del trazado de un plano límite a 45º (cuarenta y cinco grados) que arranque desde el borde superior de la línea de fachada de frente.-
309.a.1.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
309.a.1.9- S.S.A.: 65% del resto de FOS.-
309.a.2- En Lotes En Esquina:
309.a.2.1- F.O.S.: 60%
309.a.2.2- F.O.T.: 0,80
309.a.2.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00m (tres metros): 2,50m (dos con cincuenta metros).-
309.a.2.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00m (tres metros): 2,50m (dos con cincuenta metros).-
309.a.2.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00m (tres metros): 0,00m (cero metros).-
309.a.2.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00m (tres metros): 3,00 m(tres metros).-
309.a.2.7- Altura de la Edificación: 6,00m (seis metros). Se permitirá llegar a una altura máxima de 8,00m (ocho metros), a partir del trazado de un plano límite a 45º (cuarenta y cinco grados) que arranque desde el borde superior de la línea de fachada de frente.-
309.a.2.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
309.a.2.9- S.S.A.: 65% del resto de FOS.-
309.b- Uso Comercial/Otros:
309.b.1- En Lotes Entre Medianeras:
309.b.1.1- F.O.S.: 60%
309.b.1.2- F.O.T.: 0,80
309.b.1.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00m (tres metros): 4,00m (cuatro metros).-
309.b.1.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00m (tres metros): 4,00m (cuatro metros).-
309.b.1.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00m (tres metros): 0,00m (cero metros).-
309.b.1.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00m (tres metros): 5,00m (cinco metros).-
309.b.1.7- Altura de la Edificación: 6,00m (seis metros). Se permitirá llegar a una altura máxima de 8,00m (ocho metros), a partir del trazado de un plano límite a 45º (cuarenta y cinco grados) que arranque desde el borde superior de la línea de fachada de frente.-
309.b.1.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
309.b.1.9- S.S.A.: 50% del resto de FOS.-
309.b.2- En Lotes En Esquina:
309.b.2.1- F.O.S.: 60%
309.b.2.2- F.O.T.: 0,80
309.b.2.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00m (tres metros): 2,50m (dos con cincuenta metros).-
309.b.2.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00m (tres metros): 2,50m (dos con cincuenta metros).-
309.b.2.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00m (tres metros): 0,00m (cero metros).-
309.b.2.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00m (tres metros): 5,00m (cinco metros).-
309.b.2.7- Altura de la Edificación: 6,00m (seis metros). Se permitirá llegar a una altura máxima de 8,00m (ocho metros), a partir del trazado de un plano límite a 45º (cuarenta y cinco grados) que arranque desde el borde superior de la línea de fachada de frente.-
309.b.2.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
309.b.2.9- S.S.A.: 50% del resto de FOS.-
Artículo 310º — Del ancho de calles
Según lo dispuesto el Título II, Capítulo II, Sección 4.2 de la estructura de la red vial de la presente Ordenanza. Se debe dar continuidad a la red vial existente.-