Las zonas de este capitulo fueron reemplazadas por las areas establecidas en la Ordenanza 2706/25.
Áreas Vigentes
a) Área Urbanizable
- (1) Área Urbanizable Primera Sección
- (2) Área Urbanizable Segunda Sección
- (3) Área Urbanizable Tercera Sección
b) Área de Amortiguación
c) Área Industrial o asimilable
- (5) Corredor Industrial de la Ruta 9
- (6) Polígonos Industriales en el Área Urbanizable
- (7) Polígonos Industriales en el Área de Valor Estratégico
- (8) Grandes Infraestructuras
d) Área Rural
e) Área de Valor Estratégico
- (11) Área de Valor Estratégico Parque Agrario Caroya
- (12) Área de Valor Estratégico Parque Agrario Caroya Oeste
- (13) Área de Valor Estratégico Puerto Caroya
- (14) Área de Valor Estratégico Remediación de Canteras y Depósitos de RSU a Cielo Abierto
- (15) Corredor de Valor Estratégico Ferrocarril Ramal «Ex Canteras El Sauce»
- (16) Corredor de Valor Estratégico Pedro Patat
- (17) Corredor de Valor Estratégico Marcos Perdía Oeste
- (18) Red de Valor Estratégico Escolar y Comunitario
f) Área de Interés Ambiental, Natural Protegida y/o Patrimonial
- (19) Corredor de Interés Ambiental y Patrimonial Avenida San Martín
- (20) Área de Interés Ambiental y Patrimonial Estancia Jesuítica Caroya
- (21) Área de Interés Ambiental y Patrimonial Sistema de Riego
- (22) Área de Interés Ambiental, Natural Protegida y de Riesgo — Unión de los ríos La Granja y San Cristóbal
- (23) Área de Interés Ambiental y Patrimonial Reserva San Carlos
- (24) Área de Interés Ambiental y Natural Protegida Río Carnero
- (25) Área de Interés Ambiental y Patrimonial Bosque Nativo
- (26) Red de Interés Ambiental y Patrimonial Monumentos Históricos
ZONA 4-ZE2: Zona Especial - Casa de la Historia
Artículo 256º — De la delimitación
Polígono formado por el frente Norte de la calle Nº48, entre calles Padre Pez (Nº7) y calle M. Kokic (Nº9); ambos frentes de la calle M. Kokic (Nº9), entre calles Nº48 y calle Carlos Griguol (Nº47); frente Sur de la calle Carlos Griguol (Nº47), entre calle M. Kokic (Nº9) y calle Padre Pez (Nº7) y frente Este de la calle Padre Pez (Nº7), entre calle Nº48 y calle Carlos Griguol (Nº47).-
Frente Norte de la calle Nº48, entre calles M. Kokic (Nº9), y calle A. Forgiarini (Nº10).-
Frente Sur de la calle Carlos Griguol (Nº47), entre calles M. Kokic (Nº9), y calle A. Forgiarini (Nº10).-
Artículo 257º — De los usos del suelo
Según se especifícan en el Título II, Capítulo II, Sección 3, de esta Ordenanza.
257.a- Usos Dominantes:
257.a.1- Uso Habitacional:
Residencial Viviendas: Unifamiliar, Multifamiliar.-
257.a.2- Uso Equipamiento:
Cultural en todas las escalas.-
257.b- Usos Complementarios:
257.b.1- Uso Habitacional:
257.b.1.1- Vivienda Comunitaria.-
257.b.1.2- Vivienda Transitoria:
257.b.1.2.1- Hotel de hasta 3 estrellas.-
257.b.1.3- Vivienda Temporaria.-
257.b.2- Uso Comercial:
257.b.2.1- Comercios Minoristas de Comestibles y artículos asociados, de micro y pequeña escala.-
257.b.2.2- Comercios Minoristas en general, con características de uso diario, periódico y ocasional, de micro escala y pequeña escala.-
257.b.3- Uso Servicios:
257.b.3.1- Servicios Básicos y Generales: complementarios al uso residencial, en todas las escalas.-
257.b.3.2- Servicios Centrales: de pequeña escala.-
257.b.3.3- Servicios Recreativos Generales:de pequeña escala.-
257.b.3.4- Servicios de Seguridad de pequeña escala.-
257.b.3.5- Servicios del Automotor:
257.b.3.5.1- Playas de Estacionamiento de Uso Público y Cocheras.-
257.b.3.6- Transporte y Comunicación:
257.b.3.6.1- Agencias de remises y taxis.-
257.b.4- Uso Equipamiento:
257.b.4.1- Educativo en todos los niveles.-
257.b.4.2- Sanitario:
257.b.4.2.1- Sanitario de pequeña escala.-
257.b.4.2.2- Equipos Móviles.-
257.b.4.3- Social y Deportivo en todas las escalas.-
257.b.4.4- Religioso en todas las escalas.-
257.b.5- Uso Productivo:
257.b.5.1- Uso Industrial:
257.b.5.1- Actividades Industriales Inocuas.-
257.b.6- Uso Mixto:
257.b.6.1- Comercial (micro escala) – Residencial.-
257.c- Usos No Permitidos:
257.c.1- Uso Habitacional:
257.c.1.1- Vivienda Transitoria:
257.c.1.1.1- Hotel de más de 3 estrellas.-
257.c.1.1.2- Motel.-
257.c.1.1.3- Hotel por Hora.-
257.c.1.1.4- Casas Rurales.-
257.c.1.1.5- Albergues Rurales.-
257.c.2- Uso Comercial:
257.c.2.1- Mayorista en general.-
257.c.2.2- Minorista y Mayorista incómodo y/o peligroso en todas sus escalas.-
257.c.2.3- Comercial Minorista de comestibles y artículos asociados, de mediana escala.-
257.c.2.4- Comercio Minorista en general, con características de uso diario, periódico y ocasional, de mediana escala.-
257.c.3- Uso Servicios:
257.c.3.1- Servicios Centrales: de mediana y gran escala.-
257.c.3.2- Servicios Recreativos:
257.c.3.2.1- Servicios Recreativos con actividades incómodas en todas sus escalas.-
257.c.3.2.2- Servicios Recreativos Generales: de Mediana y Gran escala.-
257.c.3.3- Servicios Fúnebres.-
257.c.3.4- Servicios de Seguridad de mediana y gran escala.-
257.c.3.5- Servicios del Automotor:
257.c.3.5.1- Talleres Mecánicos en todas sus escalas.-
257.c.3.5.2- Lavaderos de Automóviles en todas sus escalas.-
257.c.3.5.3- Estaciones de Servicio.-
257.c.3.6- Transporte y Comunicación:
257.c.3.6.1- Servicios Transporte en todas las escalas.-
257.c.3.6.2- Servicios Transporte con actividades incómodas.-
257.c.3.7- Depósitos:
257.c.3.7.1- Depósitos en general.-
257.c.3.8- Servicios Industriales.-
257.c.3.9- Infraestructura Urbana.-
257.c.4- Uso Equipamiento:
257.c.4.1- Sanitario de Mediana y Gran escala.-
257.c.4.3- Social y Deportivo:
257.c.4.3.1- Social y Deportivo con Actividades Incómodas y/o Peligrosas.-
257.c.4.4- Cultural:
257.c.4.4.1- Cultural con Actividades Incómodas.-
257.c.5- Uso Productivo:
257.c.5.1- Uso Industrial:
257.c.5.1.1- Actividades Industriales Tolerables.-
257.c.5.1.2- Actividades Industriales Molestas.-
257.c.5.1.3- Actividades Industriales Asimilables al uso Industrial.-
257.c.5.2- Uso Artesanal en general.-
257.c.5.3- Uso Agropecuario.-
Artículo 258º — Del fraccionamiento del suelo
258.a- Manzanas:
258.a.1- FORMA: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.3 de la presente Ordenanza.-
258.a.2- DIMENSIONES MÍNIMAS: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.3 de la presente Ordenanza.-
258.a.3- SUPERFICIE MÍNIMA: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.3 de la presente Ordenanza.-
258.b- Parcelas:
258.b.1- FORMA: según lo establecido en el Título II,Capítulo II, Sección 4.4.4 de la presente Ordenanza.-
258.b.2- Dimensiones Mínimas:
258.b.2.a- FRENTE: 12,00 m (doce metros).-
258.b.2.b- FONDO: 35,00 m (treinta y cinco metros).-
258.b.3- SUPERFICIE MÍNIMA: 420m2 (cuatrocientos veinte metros cuadrados).-
Artículo 259º — De la ocupación del suelo
259.a- Uso Habitacional:
259.a.1- En Lotes Entre Medianeras:
259.a.1.1- F.O.S.: 60%
259.a.1.2- F.O.T.: 0,80
259.a.1.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 4,00 m (cuatro metros).-
259.a.1.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 4,00 m (cuatro metros).-
259.a.1.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
259.a.1.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 5,00 m (cinco metros).-
259.a.1.7- Altura de la Edificación: 6,00 m (seis metros).-
259.a.1.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
259.a.1.9- S.S.A.: 65% del resto de FOS.-
259.a.2- En Lotes En Esquina:
259.a.2.1- F.O.S.: 60%
259.a.2.2- F.O.T.: 0,80
259.a.2.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
259.a.2.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
259.a.2.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
259.a.2.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 3,00 m (tres metros).-
259.a.2.7- Altura de la Edificación: 6,00 m (seis metros).-
259.a.2.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
259.a.2.9- S.S.A.: 65% del resto de FOS.-
259.b- Uso Equipamiento:
259.b.1- En Lotes Entre Medianeras:
259.b.1.1- F.O.S.: 60%
259.b.1.2- F.O.T.: 0,80
259.b.1.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 6,00 m (seis metros).-
259.b.1.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 6,00 m (seis metros).-
259.b.1.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
259.b.1.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 5,00 m (cinco metros).-
259.b.1.7- Altura de la Edificación: 8,00 m (ocho metros).-
259.b.1.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
259.b.1.9- S.S.A.: 65% del resto de FOS.-
259.b.2- En Lotes En Esquina:
259.b.2.1- F.O.S.: 60%
259.b.2.2- F.O.T.: 0,80
259.b.2.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
259.b.2.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
259.b.2.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero) metros.-
259.b.2.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
259.b.2.7- Altura de la Edificación: 8,00 m (ocho metros).-
259.b.2.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
259.b.2.9- S.S.A.: 65% del resto de FOS.-
259.c- Uso Comercial/Otros:
259.c.1- En Lotes Entre Medianeras:
259.c.1.1- F.O.S.: 60%
259.c.1.2- F.O.T.: 0,80
259.c.1.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
259.c.1.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 2,50 m (dos con cincuenta metros).-
259.c.1.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
259.c.1.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 5,00 (cinco metros).-
259.c.1.7- Altura de la Edificación: 6,00 m (seis metros).-
259.c.1.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
259.c.1.9- S.S.A.: 50% del resto de FOS.-
259.c.2- En Lotes En Esquina:
259.c.2.1- F.O.S.: 60%
259.c.2.2- F.O.T.: 0,80
259.c.2.3- Retiro Mínimo de Frente hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 1,50 m (uno con cincuenta metros).-
259.c.2.4- Retiro Mínimo de Frente a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 1,50 m (uno con cincuenta metros).-
259.c.2.5- Retiro Mínimo de Fondo hasta una altura de 3,00 m (tres metros): 0,00 m (cero metros).-
259.c.2.6- Retiro Mínimo de Fondo a partir de la altura de 3,00 m (tres metros): 3,00 m (tres metros).-
259.c.2.7- Altura de la Edificación: 6,00 m (seis metros).-
259.c.2.8- Número Máximo de Pisos: 2 (dos).-
259.c.2.9- S.S.A.: 50% del resto de FOS.-
Artículo 260º — Del ancho de calles
Según lo dispuesto el Título II, Capítulo II, Sección 4.2 de la estructura de la red vial de la presente Ordenanza. Se debe dar continuidad a la red vial existente.-